Pasos de Peatones en 3D, una nueva localización para la Concejalía de Mayores, igualdad para las Parejas de Hecho y la Protección de edificios históricos. Propuestas para el Pleno de Noviembre desde el Grupo Municipal Ciudadanos en Alcalá de Henares.

 

MOCIÓN

Pasos de Peatones en 3D

 

 

Exposición de motivos:

 

Las marcas sobre el pavimento, o marcas viales, conocidas por todos como “paso de peatones” o “pasos de cebra” regulan la circulación y advierten o guían a los usuarios de las vías urbanas, por ello, la ubicación y el diseño de pasos de peatones son elementos clave en la planificación de la movilidad urbana en general.

Cada uno de nosotros como peatones o como conductores hemos visto en alguna ocasión situaciones de alarma o desagradables en un paso de peatones por alguno de estos factores: el sistema de cruce, la falta de visibilidad, o la accesibilidad.

En este sentido Ciudadanos Alcalá de Henares, ha identificado pasos de peatones en los que la seguridad del peatón ante la proximidad de un vehículo puede verse comprometida, y se pueden considerar “puntos negros”, como puede ser el paso situado en la Plaza de Cuatro Caños, confluencia antigua farmacia militar, dirección gasolinera de San Isidro. Hemos encontrado pasos en los que vehículos aparcados impiden la visibilidad del peatón y del conductor, pasos con escasa iluminación y señalización, como el situado frente a la Plaza de Toros, dirección Alcalá Magna. Excesos de velocidad en vías principales y cercanos a establecimientos públicos, colegios, centros de salud y comercios a pesar de las limitaciones ya existentes.

Por ello en Ciudadanos consideramos que resulta muy conveniente mejorar el estado de conservación de la señalización horizontal y vertical incrementando la visibilidad y la seguridad mediante la aplicación de “pasos de peatones en 3 D.

Esta técnica, la 3 D, así como los pasos inteligentes con sensores de proximidad e iluminación led, pretenden incrementar la seguridad gracias al efecto visual tridimensional que provoca a los conductores, estimulando la frenada instintiva para mayor seguridad de los peatones. Además, la pintura es antideslizante, de modo que reduce los riesgos cuando llueve.

En vez de pintura convencional, este paso se instala con calor, precalentando la calzada y colocando piezas de plástico adaptado. Este método de instalación resulta más barato y menos invasivo que otros reductores de velocidad (como badenes o cojines berlineses), doce veces más duradero que la pintura convencional y con una mayor capacidad de adherencia.

Además, ya está siendo implementado en numerosas ciudades, dando un excelente resultado y aceptación a su vez por los vecinos

Así mismo, los pasos de cebra con sensores de proximidad e iluminación para señalizar al peatón, ya ha sido experimentada en otros municipios.

 

Por ello el Grupo Municipal Ciudadanos – Partido de la Ciudadanía eleva al Pleno para su debate y aprobación el siguiente

 

ACUERDO

 

1.- Que los servicios técnicos municipales realicen un estudio para la implantación de pasos de peatones en 3D, además de los actuales pasos de cebra con sensores de proximidad e iluminación, que ya se están implantando, y que este mismo estudio revise el grado de cumplimiento de nuestros pasos de cebra conforme a las recomendaciones del “Eurotest” Auditoría Europea sobre pasos de peatones y que dicho estudio incluya una priorización de los pasos de cebra que deben adaptarse y el coste de las medidas susceptibles de ser aplicadas .

 

2.- Que una vez realizado el estudio se implemente estas acciones de forma progresiva tomando medidas prioritarias en aquellos pasos cercanos a colegios, parques, centros de salud y ocio, vías principales de la localidad, intersecciones peligrosas, así como en aquellos en los que se hayan registrado algún accidente motivado por la falta de visibilidad.

3.- Que dicho estudio contemple la posibilidad de incluir, la implementación e incorporación, de sensores auditivos, en aquellos lugares que por su peligrosidad sean necesarios.

4.- Informar de los resultados de dicho estudio a los grupos municipales y a la ciudadanía

y proveer una partida en los próximos presupuestos municipales para la implementación de esta medida.

 

 

MOCIÓN

Nueva Ubicación Concejalía de Mayores

 

 

Exposición de motivos:

 

El Gobierno Municipal está organizado en diferentes áreas y concejalías, entre ellas las que están enmarcadas en el área social y representan a un colectivo específico como Infancia y Juventud, Igualdad, Mayores, etc

 

Los edificios municipales donde se ubican las concejalías de Juventud e Igualdad, siempre han sido un referente en nuestra ciudad, y así se las conoce como “Casa Tapón” y/o “Siete Esquinas”. Pero no ocurre lo mismo con la sede de la Concejalía de Mayores.

 

Esta concejalía cada vez atiende a un número mayor de vecinos, pues el porcentaje de personas mayores de 60 años aumenta considerablemente en relación al resto de la población. Los datos estadísticos nos indican que la pirámide poblacional se está invirtiendo estos últimos años de forma progresiva. La edad media de la población española está actualmente alrededor de los 43 años, siendo la población con más de 60 años, el 24% del total. En Alcalá de Henares esta cifra oscila alrededor de 45.000 personas.

 

Y a pesar de que esta cifra crece día a día, la Concejalía de Mayores carece de un edificio específico, como sí ocurre con gran parte del resto de áreas. Lleva muchos años compartiendo sus dependencias municipales con otras concejalías, trasladando constantemente su ubicación.

 

Nuestro Grupo Municipal considera que deben reforzarse y ampliarse los recursos destinados a las personas mayores, empezando por dotarles de una sede municipal específica para ellos, su Concejalía de Mayores, con fácil acceso en el centro de la ciudad, y que les sirva de punto de encuentro con su administración más cercana.

 

El Ayuntamiento dispone de un edificio municipal en el centro de la ciudad que reúne esas características, el antiguo Convento de Capuchinos. Este edificio ha sido restaurado en los últimos años en el marco de un Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Alcalá de Henares y la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, firmado en Septiembre de 2016, con el objeto de “Acometer la terminación de las obras de rehabilitación de ese edificio”. En el punto Tercero de ese Convenio se contemplan las actuaciones a desarrollar por parte del Ayuntamiento, entre las que figura “Destinar el inmueble al uso público previsto: dependencias municipales con acceso público.”

 

Por ello el Grupo Municipal Ciudadanos – Partido de la Ciudadanía eleva al Pleno para su debate y aprobación el siguiente

 

ACUERDO

 

Instar al Equipo de Gobierno a realizar las gestiones oportunas para ubicar la Concejalía de Mayores en la calle Santiago, número 20, en el edificio municipal del antiguo “Convento de Capuchinos”.

 

MOCIÓN

 

 Protección del Patrimonio

Exposición de motivos:

 

La casa de la calle Nebrija, que fue fábrica de hielo, ha permanecido durante años deshabitada y sin actividad alguna. Sin embargo, en los últimos días asistimos a actuaciones sobre ella que anuncian una intervención arquitectónica, con posible destrucción de elementos patrimoniales de gran trascendencia.

 

Tras su contemporánea y antiestética fachada exterior, conserva, además de toda su armadura, un patio porticado de doble altura, con pétreas columnas de capiteles dóricos que sustentan zapatas o ménsulas de madera, sobre las que descansa recia viguería. En la planta alta, la antigua galería estaba sustentada por pies derechos con sus correspondientes zapatas. Todo ello se ha mantenido hasta hoy gracias a los muros que cerraron el patio durante el siglo XIX y principios del XX, hecho que, al mismo tiempo, ha mantenido parcialmente oculto el conjunto. Los hundimientos que en los últimos años han hecho caer algunos muros y paramentos, dejan a la luz hoy esta magnífica casona del siglo XVI.

 

Forma parte este caserón de todo un conjunto histórico de fundamental significado para Alcalá. Estos restos que hoy conservamos pertenecieron al Colegio Menor de San Isidoro, uno de los primeros fundados por Cisneros, en 1513. Se fusionó con el de San Eugenio (que formaba ángulo con él) en 1649, conformándose así el gran Colegio Menor de San Ambrosio, una importante Escuela de Gramática –más tarde, para los bachilleres en Artes- que formó en Lengua Latina a los más jóvenes estudiantes complutenses, antes de pasar a estudios superiores. La profusión de gramáticos en esta calle dio lugar a su nominación como “de Nebrija”, el más célebre de todos ellos.

Junto a lo anterior, otra serie de elementos son importantes para el conjunto. La puerta de entrada en la ciudad, llamada del Horno Quemado, apoya su arco en uno de los muros de la casa y, tras ella, en la Plaza de San Lucas, aparecen lienzos de la propia muralla ampliada a finales del Medievo. En esta misma manzana estuvo el Hospital de Estudiantes de San Lucas y la imprenta de Arnaldo Guillén de Brocar, el impresor de la Biblia Políglota Complutense.

 

Esta identificación está expresamente reconocida en el apartado de valores declarado por la UNESCO en su motivación “4.8. LA IMPRENTA Y LA DEFENSA E IMPULSO DEL HUMANISMO FRENTE A LA ESCOLÁSTICA EN ESPAÑA, EUROPA Y AMÉRICA.” por lo que la pérdida de este edificio y su entorno pone en peligro las motivaciones de la Declaración .

 

Pues bien, asociaciones como “Hijos y Amigos de Alcalá” o “Grupo en Defensa del Patrimonio Complutense”, vienen denunciando hace algún tiempo –pero en los últimos días con mayor profusión- aspectos como los siguientes:

 

Cuando se hizo el Plan Especial del Conjunto Histórico, a finales de los años noventa, este edificio quedó sin protección alguna, aunque sí están protegidos los edificios de mucho menor valor que llegan hasta la calle del Tinte”

En 2012 se realizaron estudios de Paramentos, por parte de la Dirección General de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, que formuló Resolución en 2015. Todo ello se ha ido corroborando por sucesivas resoluciones locales, la última de 2018; de tal manera que el edificio tiene licencia para su derribo por parte del Ayuntamiento de Alcalá de Henares ¡Y este derribo ya ha comenzado!

       En definitiva, el edificio se encuentra hoy totalmente desprotegido y en proceso de desaparición (se retirarán únicamente algunos elementos, como las columnas de piedra, para su posterior reubicación).

Por ello el Grupo Municipal Ciudadanos – Partido de la Ciudadanía eleva al Pleno para su debate y aprobación el siguiente

 

ACUERDO

 

 

  • Una investigación e informe detallado de todo el proceso que ha derivado en esta situación de pérdida de patrimonio y enorme riesgo para el que subsiste.
  • Una rápida actuación para la protección del edificio, iniciando inmediatamente la gestión para su inclusión con la fórmula legal pertinente (Catálogo de Bienes Protegidos del Plan General de Ordenación Urbana,
  • Catálogo de Bienes Inmuebles de Interés Histórico y Arquitectónico, Bien de Interés Cultural, etc.)
  • Impulso de una férrea vigilancia del proyecto y de las obras que se pretenda realizar sobre este edificio, por parte de los servicios municipales y de la Comunidad de Madrid.
  • Acciones urgentes en el proceso de revisión del Catálogo que protege los bienes del patrimonio histórico complutenses, que se incluya en el Plan General de Ordenación Urbana en redacción, así como la Protección y Regulación dentro del mismo del Centro Histórico declarado Patrimonio de la Humanidad
  • Dada la demolición del tejado realizada en los días pasados del mes de noviembre se hace urgente la intervención municipal para protegerla ante el invierno , bien mediante el acuerdo y la orden de ejecución inmediata a la propiedad, o en su caso la Acción Subsidiaria municipal prevista en el ordenamiento jurídico español antes la pérdida de un Bien Histórico de tal relevancia

 

 

MOCIÓN

 

 

Exposición de motivos:

 

Actualmente se da en España una situación de grave desequilibrio entre ciudadanos que deciden contraer matrimonio y aquellos otros que optan por registrarse oficialmente como parejas de hecho. Esta situación es generada por las deficiencias que la actual legislación en materia de parejas de hecho lleva aparejada en cuanto a los requisitos de acceso a la pensión de viudedad.

 

La decisión de constituir pareja de hecho todavía acarrea importantes diferencias en coberturas y protección. El Real Decreto Legislativo 8/2015, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, que regula el derecho de las parejas de hecho a tener acceso a la mencionada pensión, en su artículo 221, incluye las condiciones que las parejas de hecho deben cumplir para poder acceder a la pensión de viudedad.

 

Entre los mismos se impone la necesidad de que dichas parejas estén constituidas por un periodo mínimo de cinco años. De igual modo, se establece que los ingresos económicos del miembro de la pareja de hecho superviviente no alcanzara durante el año natural anterior al fallecimiento el 50% de la suma de los propios y de los del causante en el mismo periodo, o el 25 % en caso de la inexistencia de hijos.

 

Al valorar los ingresos, la Ley no tiene en cuenta si la situación del sobreviviente al momento de la muerte, es permanente o de carácter meramente circunstancial, con lo que únicamente se tienen en cuenta los ingresos del miembro que sobrevive en un periodo determinado (el año anterior a la muerte), convirtiendo la situación en completamente injusta para quienes optan por este tipo de unión de parejas.

 

En el caso concreto de que no se cumplan estos dos últimos requisitos solo se reconocerá el derecho a pensión de viudedad cuando los ingresos del sobreviviente resulten inferiores a 1,5 veces el importe del salario mínimo interprofesional. Si bien esta última cláusula se establece en un intento de salvaguardar la pensión en los supuestos de necesidad económica, la intencionalidad final de la norma no es tratar de garantizar un mínimo vital si no la de evitar la desprotección de la familia, al producirse una reducción de sus ingresos a causa del fallecimiento del cónyuge.

 

 

 

 

 

Los requisitos señalados, suponen una clara vulneración del artículo 14 de la Constitución, por medio del cual se proclama el principio de igualdad. La pensión de viudedad tiene una naturaleza contributiva, de la que la persona se beneficia por lo que cotizó el cónyuge fallecido en vida. Es por este motivo, al igual que ocurre en el caso de los matrimonios, que una persona que ostente el derecho a la pensión puede compatibilizarla con las rentas del trabajo, no teniendo sentido que establezcan condiciones más gravosas a las uniones de hecho.

 

 

Por ello el Grupo Municipal Ciudadanos – Partido de la Ciudadanía eleva al Pleno para su debate y aprobación el siguiente

 

ACUERDO

 

  1. Instar al Gobierno de España a la modificación de los correspondientes preceptos del Real Decreto Legislativo 8/2015 y de todas aquellas normas relacionadas con él, para equiparar los derechos en el acceso a la pensión de viudedad de las parejas de hecho con el de los matrimonios civiles.

 

  1. Instar al Gobierno de España a que en el plazo máximo de un año, apruebe un Proyecto de Ley de Parejas de Hecho por el que se incorpore en el Código Civil una regulación del régimen de la pareja de hecho aplicable en todo el territorio nacional, así como que incorpore las modificaciones oportunas en otras normas para evitar cualquier tipo de discriminación jurídica de las parejas de hecho frente a los matrimonios por razón de su estado civil o de la naturaleza o formalidad de su relación de convivencia, cuando concurran el resto de requisitos que se establezcan en cada caso.