Cs presenta a debate cuatro mociones para su aprobación. Zona WIFI en Alcalá, medidas de prevención contra la corrupción, nuevo centro de mayores en El Ensanche o la creación del Consejo Social de la ciudad.

 

AQUÍ LAS TIENES:

 

MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE CIUDADANOS-PARTIDO DE LA CIUDADANÍA AL PLENO ORDINARIO DE 16 DE ENERO DE 2018 RELATIVA A DOTACIÓN CENTRO MUNICIPAL DE MAYORES EN ZONA “ENSANCHE”.

 

MOCIÓN

 

Exposición de motivos:

 

Nuestro municipio, Alcalá de Henares, tiene en la actualidad una población de aproximadamente 196.000 habitantes, que está distribuida de forma desigual entre los cinco distritos que componen la ciudad.

 

El Distrito IV, formado por las zonas de Ensanche, Espartales Sur y Espartales Norte, es uno de los distritos que mayor crecimiento poblacional ha experimentado estos últimos años, debido a que la mayor parte de sus viviendas son de reciente construcción. Gran parte de ellas están habitadas por jóvenes, pero también es importante el número de personas de mediana edad que desde los años 90 se han ido trasladando a este nuevo barrio desde otras zonas de Alcalá.

 

Es por ello que a pesar de ser uno de los distritos más nuevos, entre su población se ha incrementado el porcentaje de personas cuya edad oscila alrededor de 60 años, principalmente en la zona del Ensanche.

 

Zona Población empadronada Mayores 60 años
Alcalá de Henares 195.907 42.311
Distrito IV 34.889 3.505

 

 

 

Así aunque el porcentaje de población mayor de 60 años en el Distrito IV es bastante inferior a la media de la ciudad, un 10% y un 21% aproximado, respectivamente, el número de personas con esa edad en todo el Distrito es de alrededor de 3.500.

 

En la ciudad existen ocho Centros Municipales de Mayores, más uno de la Comunidad de Madrid, donde se organizan diversas actividades dirigidas a promover el envejecimiento activo, así como su participación y mantenimiento en el entorno social: Talleres, conferencias, actividades culturales, etc.

 

Distrito I 2 Centros
Distrito II 3 Centros
Distrito III 2 Centros
Distrito IV Ninguno
Distrito V 2 Centros

 

Como podemos ver cada distrito dispone de dos Centros o más, excepto el Distrito IV, que es el único distrito de la ciudad que no dispone de ningún Centro Municipal de Mayores, a pesar de vivir en él alrededor de 3.500 personas mayores de 60 años.

 

 

Por ello el Grupo Municipal Ciudadanos – Partido de la Ciudadanía eleva al Pleno para su debate y aprobación el siguiente

 

ACUERDO

 

Instar al Equipo de Gobierno a realizar las gestiones oportunas para:

 

1.- Incluir en el Plan Regional de Inversiones “PRISMA”, para el periodo 2016-2019, el proyecto para la dotación de un nuevo Centro Municipal de Mayores en la zona del Ensanche, que de servicio a los vecinos del Distrito IV.

 

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MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE CIUDADANOS-PARTIDO DE LA CIUDADANÍA AL PLENO ORDINARIO DE 16 DE ENERO DE 2018 RELATIVA A PROMOVER LA CONECTIVIDAD WIFI EN ALCALÁ DE HENARES A TRAVÉS DE FONDOS EUROPEOS

 

MOCIÓN

 

 

Exposición de motivos:

 

Los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (EIE) ofrecen importantes oportunidades de financiación para entidades públicas, Pymes, ciudadanos y entidades sin ánimo de lucro. Sin embargo, en la mayoría de los casos, dichas entidades no disponen de los recursos suficientes para acceder a dichos fondos, ya sea por la falta de personal especializado, desconocimiento de los procedimientos o simplemente por falta de tiempo.

Estos fondos europeos llevan años contribuyendo al desarrollo y bienestar de nuestra provincia, financiando numerosos proyectos en el ámbito de la iniciativa empresarial y ayuda al emprendimiento, así como facilitando el acceso a los estudios y proporcionando empleo estable y de calidad para todos en igualdad de oportunidades y condiciones.

En este sentido, el pasado 12 de septiembre, el Parlamento Europeo dio luz verde al programa financiero de la iniciativa WIFI4EU por la que se instalarán puntos de conexión a Internet en lugares públicos de más de 6000 localidades de toda la Unión Europea. Para ello, el Parlamento, la Comisión y el Consejo prevén un presupuesto de 120 millones de euros.

La Comisión Europea marca como objetivo promover la conectividad WiFi para los ciudadanos y transeúntes en espacios públicos como parques, plazas, edificios oficiales, bibliotecas, centros de salud y museos de toda Europa a través de WIFI4EU.

En palabras de Jean-Claude Juncker, “Que todo el mundo pueda beneficiarse de la conectividad implica que no debe importar ni dónde vives ni cuanto ganas. Así pues, proponemos dotar a cada pueblo y cada ciudad de Europa de acceso inalámbrico gratuito a internet en torno a la vida pública de aquí a 2020”.

El sistema WiFi4EU se subvencionará de manera geográficamente equilibrada, de modo que las conexiones de alta velocidad puedan beneficiar tanto a los residentes como a quienes estén de paso en miles de comunidades locales de toda la UE, un número que en 2020 será, al menos, de 6.000 a 8.000 comunidades. Además, estará abierto a los organismos del sector público: municipios, bibliotecas, centros de salud, etc. financiando el material y los costes de instalación (puntos de acceso a Internet). Se abonará una cantidad de hasta 20.000 euros (máximo) a cada entidad pública local para sufragar costes de material e instalación. Las entidades deberán costear la conexión (suscripción a Internet) y el mantenimiento del material. Si el ente local tiene un presupuesto superior, puede solicitar la subvención, pero en ningún caso superará dicha cifra. Si ya tiene wifi, se podrá optar a subvención para actualización del servicio (por ejemplo, cambio de equipo). Se requerirá que los equipos que se financien sean de última generación y que el mantenimiento tenga una duración de al menos 3 años posterior a la concesión de la ayuda. La velocidad que se baraja es 30 megabites/segundo de conexión mínima.

El objetivo de la Unión Europea es incentivar a las autoridades locales a crear y promover sus propios servicios digitales en ámbitos como la administración, la sanidad y el turismo electrónicos, a través de una aplicación específica.

El sistema WiFi4EU se concederá a través de procedimientos sencillos y no burocráticos como solicitudes online, pagos mediante bonos y unos requisitos de control ligeros.

Los proyectos se seleccionarán por orden de llegada, y los promotores del proyecto deberán proponer el equipamiento de zonas donde no exista aún un servicio wifi público o privado gratuito de características similares. La primera convocatoria de proyectos está prevista para finales de 2017 o principios de 2018.

Por ello, el Grupo Ciudadanos entiende que la Alcalá de Henares debe aprovechar esta magnífica oportunidad para avanzar en dos vías:

Modernizar su infraestructura, si fuera necesario, avanzando hacia la administración digital y facilitadora, propia del siglo XXI.

Ofrecer un servicio de calidad a Alcalaínos y visitantes, avanzando en la conectividad, la innovación y la modernidad, apostando por la implantación del concepto Smart City en la localidad.

 

 

 

 

 

Por ello el Grupo Municipal Ciudadanos – Partido de la Ciudadanía eleva al Pleno para su debate y aprobación el siguiente

 

 

ACUERDO

 

Instar al Equipo de Gobierno, a estudiar, y trabajar para optar a las convocatorias de los fondos “Conectar Europa”, concretamente a la iniciativa WIFI4EU y en caso de que fuera factible solicitar dichas ayudas.

 

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MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE CIUDADANOS-PARTIDO DE LA CIUDADANÍA AL PLENO ORDINARIO DE 16 DE ENERO DE 2018 RELATIVA A LA PUESTA EN MARCHA DEL “CONSEJO SOCIAL DE LA CIUDAD”.

 

 

MOCIÓN

 

Exposición de motivos:

Para los Ayuntamientos en general y en particular para el de Alcalá de Henares que se rige por la Ley de Grandes Ciudades, es de gran importancia contar con el asesoramiento y la ayuda de expertos en los diferentes y muy diversos ámbitos en los que tiene que actuar, y fomentar la participación e implicación de los mismos en las decisiones estratégicas que deben tomarse.

El Reglamento orgánico de nuestro Ayuntamiento prevé la existencia de un Consejo Social, integrado por representantes de las organizaciones económicas, sociales, profesionales y de vecinos más representativas de nuestra ciudad. El reglamento otorga a este Consejo además de las funciones que determine el Pleno mediante normas orgánicas, la emisión de informes, estudios y propuestas en materia de desarrollo económico social, planificación estratégica de la ciudad y grandes proyectos urbanos, y particularmente, entre otras, las siguientes funciones.

Emitir informe, no vinculante, sobre las inversiones y aspectos sociales del anteproyecto de Presupuestos del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, que le será remitido por la Junta de Gobierno Local.

Emitir informe, no vinculante, con carácter previo a la aprobación de las ordenanzas, que afecten a la política económica y social del Municipio de Alcalá de Henares.

Emitir informe sobre las cuestiones principales relacionadas con la política económica y social que le someta el Pleno del Ayuntamiento, la Junta de Gobierno Local o cualquier organismo dependiente.

Elaborar informes, dictámenes o estudios por propia iniciativa sobre cuestiones que le afecten directamente.

Elaborar recomendaciones para la aplicación de las disposiciones generales de carácter socioeconómico.

Servir de cauce para participación y diálogo de todos los interlocutores sociales y económicos.

Facilitar y promover la mediación y arbitraje en los conflictos en los que las partes implicadas voluntariamente lo soliciten.

Emitir informes en caso de que se le solicite sobre el programa de actuación anual y el análisis de seguimiento de políticas públicas que afecten a la ciudad.

Emitir informe sobre los grandes proyectos de la ciudad.

Todas aquellas funciones que en el futuro le puedan ser asignadas.

 

Para poder realizar un asesoramiento de alto nivel y que tenga en cuenta los puntos de vista, la problemática, las necesidades y los intereses de toda la ciudad, el reglamento prevé una composición de este consejo social variada y plural, que abarca los sectores más representativos de nuestra sociedad. Para ello el reglamento prevé que el Pleno del Consejo Social de la Ciudad estará integrado por los siguientes miembros:

 

El Presidente, que será el Alcalde o concejal en quien delegue.

Un representante designado por cada uno de los Grupos Municipales de la Corporación.

Dos representantes designados de las organizaciones empresariales, más representativas del municipio.

Dos representantes designados por las organizaciones sindicales, con mayor representatividad en el municipio.

Un representante designado por las organizaciones de comerciantes del municipio.

Un representante designado por las organizaciones de consumidores del municipio.

Un representante designado por los Consejos Sectoriales del Municipio, elegido entre los representantes de asociaciones y entidades ciudadanas.

Dos representantes designados por los Consejos de Distrito.

El Rector de la Universidad de Alcalá de Henares o persona en que delegue.

Cinco vocales entre personas de reconocido prestigio designadas por el alcalde.

Un representante de la Federación de Asociaciones de vecinos.

Un representante del Colegio de Abogados de Alcalá.

Un representante de la Sociedad de Condueños.

 

Permitiendo excepcionalmente, y con ocasión de la celebración de un Pleno del Consejo concreto, que el Presidente pueda invitar a asistir con voz, pero sin voto, a aquellas personas físicas o representantes de asociaciones que tengan un interés o conocimiento singular sobre un asunto específico que figure en el orden del día de la sesión.

El reglamento prevé que el Consejo Social se reunirá al menos dos veces al año y con carácter extraordinario cuando lo soliciten un tercio de sus miembros, o bien cuando el Presidente lo estime necesario.

La ciudad y su Ayuntamiento se enfrentan a grandes retos, desde el saneamiento de las cuentas a la elaboración del nuevo plan general de ordenación urbana, pasando por la adhesión al Plan de Inversión Regional, el programa EDUSI y la resolución de las numerosas carencias y problemas que sufren sus vecinos en muchos ámbitos.

Como ejemplo destacamos que en el borrador del nuevo Reglamento de Participación Ciudadana que se está elaborando, sólo se hace referencia a este Consejo en el Art. 81 del Títuto V. LOS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA: “La composición y funciones del Consejo Social de la Ciudad se encuentran definidas en los artículos 245 al 250 del ROMAH”, sin definir cómo o cuándo se pretende poner en marcha.

Sin embargo, en la presente legislatura ese Consejo Social no se ha ni tan siquiera constituido, y por lo tanto no se ha reunido ninguna vez.

Desde el grupo municipal Ciudadanos consideramos de gran importancia contar con un órgano asesor de elevada cualificación como es el Consejo Social, que oriente sobre cómo afrontar de la mejor manera posible los retos a los que se enfrenta la ciudad, y asimismo consideramos imprescindible cumplir con el vigente reglamento orgánico, dando ejemplo a la Ciudad en el cumplimiento de la normativa vigente.

Por ello el Grupo Municipal Ciudadanos – Partido de la Ciudadanía eleva al Pleno para su debate y aprobación el siguiente

 

ACUERDO

 

Solicitar al equipo de gobierno que ponga en marcha el Consejo Social tal y como se prevé en el Título X de nuestro reglamento orgánico.

 

 

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MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE CIUDADANOS-PARTIDO DE LA CIUDADANÍA AL PLENO ORDINARIO DE 16 DE ENERO DE 2018 RELATIVA A LA CREACIÓN DE UN GRUPO DE TRABAJO PARA ESTUDIAR LA IMPLEMENTACIÓN EN NUESTRO AYUNTAMIENTO DE LA NUEVA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO Y PROPUESTA DE ACTUACIONES DE PREVENCIÓN CONTRA LA CORRUPCIÓN.

 

MOCIÓN

 

 

Exposición de motivos:

 

En el Boletín Oficial del Estado núm. 272, de 9 de noviembre de 2017, fue publicada la nueva Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), Ley 9/2017 de 8 de noviembre, con la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las directivas europeas en materia de contratación pública, ley que entrará en vigor, con carácter general, el próximo 9 de marzo, que introduce importantes modificaciones en el ámbito de la contratación pública y que, por tanto, va a afectar de forma importante a nuestro Ayuntamiento. Se trata de una ley extensa, pues tiene un total de 347 artículos, 53 Disposiciones Adicionales, 5 Disposiciones Transitorias, 1 Disposición Derogatoria y 16 Disposiciones finales, y que supone numerosos cambios respecto a la anterior legislación de contratación con el sector público, entre los que destacan:

 

Definición de un ámbito subjetivo más amplio y se adapta la tipología de las entidades incluidas en el ámbito subjetivo.

Cambios en los criterios de adjudicación.

Se favorece la competencia.

Se favorece la participación de las pequeñas y medianas empresas.

Se introducen medidas de lucha contra el fraude y la corrupción.

Introduce medidas para aumentar la transparencia de los procedimientos.

Pretende la reducción de los trámites administrativos y la simplificación del procedimiento.

Se introduce una regulación más exhaustiva de la figura del perfil de contratante.

Se establece la obligatoriedad de utilización de unos medios electrónicos, que deberán cumplir con una serie de especificaciones y requisitos.

Se modifica el procedimiento de recurso respecto a las controversias que puedan suscitarse en relación las actuaciones relativas a la preparación y adjudicación del contrato.

 

Aunque dicha ley entrará en vigor, con carácter general y de forma oficial, el 9 de marzo de 2018, lo cierto es que la mayor parte de la misma ya puede considerarse como exigible, por el efecto directo de las Directivas y por la doctrina de los Tribunales que en muchos preceptos incorporan, por lo que es necesario adaptarse con carácter de urgencia a la misma.

Dentro del objetivo de lucha contra la corrupción que pretende esta LCSP se establece una nueva regulación de las Mesas de Contratación. En este sentido, el artículo 326 profesionaliza las mesas de contratación, que quedan definidas como un órgano de asistencia técnica especializada. Establece la LCSP que en ningún caso podrán formar parte de las mismas ni emitir informes de valoración de las ofertas los cargos públicos representativos ni el personal eventual y únicamente podrá formar parte de la misma el personal funcionario interino cuando no existan funcionarios de carrera suficientemente cualificados y así se acredite en el expediente, admitiéndose la excepción en el caso de las entidades locales, que según la Disposición Adicional Segunda sí permite, pero no obliga, a los cargos políticos a formar parte de la Mesa de contratación, pero no podrán suponer más de un tercio del total de miembros de la misma. Tampoco podrá formar parte de las Mesas de contratación el personal que haya participado en la redacción de la documentación técnica del contrato de que se trate con las excepciones previstas en la Disposición Adicional Segunda.

Sin embargo, el Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa (GRECO), en su informe sobre las medidas de lucha contra la corrupción en España publicado a finales del año pasado insiste en que “las autoridades políticas no deben estar involucradas en ninguna etapa del proceso de selección” y por eso pide mejorar el marco que lo regula, por lo que es razonable, como medida de lucha contra la corrupción, impedir totalmente que en las mesas de contratación del Ayuntamiento puedan participar con voz y voto ningún representante político.

La regulación del procedimiento de contratación en nuestro Ayuntamiento data de un acuerdo de Junta de Gobierno Local de 29/oct/2012, actualizada en 25/ene/2016 con unos cambios menores por modificaciones de criterios, y no incluye muchos de los requisitos que se exigen en la nueva LCSP, por lo que es evidente la necesidad de actualizar dicha regulación.

Por otro lado, en el pleno del pasado 20 de diciembre de 2016 se aprobó una propuesta del grupo Popular enmendada por los Grupos Socialista, Somos Alcalá y la Concejal Dª Pilar Fernández Herrador del Grupo Mixto IU, relativa a las subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de impacto social, por el que se aprobó que se desarrollarán mecanismos de control que regulen las incompatibilidades para toda la corporación (equipo de gobierno y oposición), personal funcionario o laboral, del Ayuntamiento, para cualquier procedimiento de gasto del Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

En el pleno del pasado 19 de diciembre de 2017 el grupo municipal Ciudadanos planteó al equipo de gobierno una pregunta acerca del cumplimiento de dicha propuesta, recibiéndose como respuesta que se estaba trabajando en ello, que se podría estar informados sobre el mismo en la comisión donde se tratan los temas de transparencia y buen gobierno y que podríamos participar en la elaboración del mismo con nuestras aportaciones.

Sin embargo, transcurrido un año desde la aprobación del citado acuerdo, hace más de un año, no hemos recibido ninguna propuesta ni borrador, ni en la comisión correspondiente donde se tratan los temas de transparencia y buen gobierno se ha informado por parte del equipo de gobierno sobre las propuestas de reglamento.

Recientemente se ha cuestionado el procedimiento seguido para otorgar unas subvenciones y varios concejales del equipo de gobierno están siendo objetos de investigación judicial por el mismo. Esto pone de manifiesto la necesidad de contar con un reglamento que clarifique y regule las incompatibilidades para toda la corporación (equipo de gobierno y oposición), personal funcionario o laboral, del Ayuntamiento, para cualquier procedimiento de gasto del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, tal y como se aprobó en el citado pleno de 20 de diciembre.

Es de destacar que para el pasado ejercicio 2017 se presupuestaron en este Ayuntamiento más de 300.000 euros en subvenciones, y la cantidad destinada a diferentes conceptos de gasto e inversión es muy superior.

 

Por ello el Grupo Municipal Ciudadanos – Partido de la Ciudadanía eleva al Pleno para su debate y aprobación el siguiente

 

 

ACUERDO

 

Crear un grupo de trabajo específico, dependiente de la Comisión de Gestión institucional, con participación tanto de los grupos políticos como de los responsables técnicos del Ayuntamiento, que analice las actuaciones necesarias para implementar en nuestro Ayuntamiento los requisitos establecidos por la nueva ley de contratos antes de su entrada en vigor.

 

Que en el citado grupo se analice la posible necesidad de realizar un reglamento interno de compra y contratación pública que recoja la aplicación específica de la nueva ley de contratos a la práctica de nuestro Ayuntamiento, y que actualice la normativa que se aplica en la actualidad.

 

Que en el citado grupo se analice la implementación de los mecanismos de control que regulen las incompatibilidades para toda la corporación (equipo de gobierno y oposición), personal funcionario o laboral, del Ayuntamiento, para cualquier procedimiento de gasto del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, tal y como se aprobó en el pleno de 20 de diciembre de 2016, al amparo de la nueva ley de contratos del sector público.

 

Que el citado grupo analice la posibilidad de impedir totalmente la participación de representantes políticos en las mesas de contratación, valorando las ventajas e inconvenientes de esta propuesta.

 

Que se dé formación sobre contratación pública y los requisitos de la nueva ley de contratos del sector público al personal municipal que participe o tenga alguna responsabilidad en la contratación pública así como a los representantes políticos.

 

Informar al conjunto de la ciudad, a través de las páginas de transparencia y a través del portal del contratante de los procedimientos desarrollados por el Ayuntamiento para dar cumplimiento a la nueva ley de contratos del sector público.